Radiaciones ionizantes
Sobre el cuerpo humano pueden actuar dos tipos de radiaciones:
Corpusculares: alfa (núcleos de helio), beta (electrones), neutrones y protones. Las alfa poseen cuatro unidades atómicas de masa y dos cargas eléctricas elementales positivas. Son muy poco penetrantes siendo detenidas por un simple papel. Las Beta son poco penetrantes pero los electrones acelerados en Betatrón y Acelerador lineal, pueden tener alta energía y por ello gran penetración. Son totalmente absorbidas por los tejidos.
Fotónicas: X y Gamma de muy pequeña longitud de onda. Son de elevada energía y pueden atravesar los medios materiales, tanto más cuanto mayor sea su energía y son muy penetrantes.
El ser humano puede sufrir los efectos de las radiaciones que proceden de la "naturaleza" (rayos cósmicos, radiación terrestre) o bien de "fuentes internas" y aplicadas médicamente al cuerpo humano.
Pero también el ser humano puede quedar sometido a la llamada "radiación artificial", que tiene su origen en residuos radioactivos industriales, en explosiones nucleares con fines bélicos o de centrales nucleares, en ciertas minas o por exposición incluso a equipos de electromedicina o a nivel doméstico (aviación, televisión).
Las radiaciones actúan sobre la materia, dando síntesis de pares de iones, uno positivo y otro negativo y radicales libres, muy reactivos, pero también actúan sobre células y estructuras tisulares y por ende sobre el propio organismo humano.
La irradiación actúa sobre la estructura celular constituida por agua (90%), sales minerales, y moléculas orgánicas. Estas últimas pueden ser dañadas por ionización de la propia molécula orgánica, (daño directo) o por ionización del agua, formando radicales y moléculas altamente reactivas, las que por daño indirecto lesionan la materia orgánica.
Hay reacciones de oxidación, reducción, polimerización, y rotura de cadenas carbonadas, que pueden estar presentes sin que las demostremos por técnicas analíticas o bien podamos demostrarlas y se llama al límite, "nivel umbral".
Hay "inhibición de la mitosis" y si se aumenta la dosis, hay muerte al intentar dividirse, hay muerte interfásica y muerte celular inmediata.
Sobre el organismo humano, se pueden producir efectos somáticos y efectos genéticos. Unos afectan al propio individuo y otros a los descendientes.
Los efectos somáticos pueden ser catalogados a su vez como, "no estocásticos" y "estocásticos". Los primeros no se presentan de forma aleatoria, si no que con dosis suficientes y elevadas se producirán en todos los irradiados. Hay pues dosis umbral y hay posibilidad de reparación, aunque el tejido no se repara totalmente. Aquí quedan los efectos somáticos precoces y los somáticos tardíos (anemia, macrocitosis, cataratas, alteraciones de las uñas, y huellas digitales, abortos, muerte fetal,...). Los segundos no se presentan en todos los casos, es decir se da aleatoria presentación, no existe dosis umbra1, y no es posible la reparación total. Aquí quedan los efectos somáticos diferidos (leucemias, cáncer, acortamiento de la vida,...) y los efectos genéticos.
Todo hombre se encuentra sometido a una "irradiación de base", que se debe a componentes de origen natural y de origen humano. De origen natural tenemos la radiación cósmica del espacio que aumenta con la. También la contaminación natural de nuestro organismo por contener radioelementos naturales. De origen humano tenemos la contaminación por radioisótopos de las "cenizas" de las pruebas nucleares, así como la variable que depende de la utilización diagnóstica o terapéutica médica y de investigación. Mención aparte merecen los trabajadores expuestos profesionalmente (TEP) en función de su actividad laboral.
Se define como DOSIS MAXIMA PERMISIBLE (D.M.P.), aquella que acumulada durante un largo período de tiempo o resultando de una sola exposición, conlleva una probabilidad despreciable de ocasionar lesión somática.
Los factores que tienen que valorarse en la exposición a radiaciones, son fundamentalmente la intensidad en origen y su distancia; el tipo de radiación; el tiempo de actividad; la proporción de superficie expuesta del cuerpo; las características anatómicas y funcionales de los tejidos expuestos, pues los que tienen mayor riesgo lesional son los constituidos por células en mitosis y los más indiferenciados: hematopoyéticos, gónadas, mucosas, cristalino, sistema nervioso, huesos, piel, parénquimas y tejidos fetales en el claustro materno.
Las manifestaciones de daño sobre la salud, de quienes sufren radiación, dependen de si quedan catalogadas como "radiación total con grandes dosis", como ocurre en accidentes en centrales nucleares; o como radiación "total con dosis pequeñas pero repetidas", con riesgo de padecer leucemias, anemia aplásica, esterilidad, cánceres de otras localizaciones, abortos, malformaciones congénitas. y otras enfermedades genéticas de tipo hereditario.
Independientemente de las graves consecuencias que para e1 medio ambiente y la salud de las personas tuvieron las explosiones atómicas de la II Guerra Mundial en Hiroshima (6-8-1945) y Nagasaki (9-8-1945), nos interesa recordar que el mayor accidente nuclear de la historia, tuvo lugar el 26 Abril 1986 en Chernobil (UCRANIA), donde se lanzaron 20 millones de curies (unidades de radiación) alcanzando un nivel de radiactividad "tipo 7", esto es, máximo.
De acuerdo con el Convenio de París de 1960, "accidente nuclear" significa: "cualquier hecho o sucesión de hechos del mismo origen, que hayan causado daños, cuando este hecho o hechos o algunos de los daños causados, provengan o resulten de las propiedades radiactivas o a la vez de las propiedades radiactivas y de las propiedades tóxicas, explosivas u otras peligrosas, de los combustibles nucleares o productos o desechos radiactivos".
El explotador de una instalación radioactiva será responsable de cualquier daño a las personas, y en su caso la responsabilidad caerá sobre Mantenimiento Técnico.
Casi ocho años después del considerado mayor accidente nuclear de la historia de la humanidad, (Chernobil 1986) las víctimas directas e indirectas, se pueden considerar por millares y futuras generaciones todavía sufrirán el efecto de su lluvia radioactiva. Todavía la valoración de sus consecuencias sólo puede ser de tipo parcial, pues para valorar el riesgo cancerígeno, aún el tiempo de latencia transcurrido para la historia natural de los cánceres inducidos es pronto. Las dosis recibidas no se llegaron a conocer con exactitud, por lo que el riguroso balance será difícil de elaborar.
En la "irradiación aguda", hemos de citar que 450 trabajadores se encontraban en la central nuclear, que acudieron varias decenas de bomberos y que 3 personas fallecieron en el primer día; 238 personas recibieron dosis mínimas; y cerca de 50 personas se irradiaron intensamente, presentando problemas de contaminación interna por inhalación de gases y aerosoles radioactivos y en otros casos quemaduras graves. En los dos meses siguientes al accidente, fallecieron 28 personas por irradiación. Dado el régimen político de aquellas fecha en la URSS, no hubo grandes facilidades para que los expertos internacionales, cotejasen datos, pero en todo caso el incendio del reactor nuclear duró 10 días. Alrededor de la zona, se evacuaron en 30 Km. de radio, un número de 116.000 personas. El agua del territorio y los productos agrícolas, fueron de inmediato no consumibles, y el ganado de las zonas rurales quedó afectado también.
Toda esta zona no ha vuelto a habitarse por e1 alto índice de contaminación del suelo. La flora y la fauna se han modificado y se han observado malformaciones en especies de roedores y batracios. Las coníferas quedaron destruidas en 400 hectáreas por dosis elevadas de radiación. La contaminación por efecto de los vientos reinantes y climatología, se desarrolló en forma de múltiples manchas contaminadas de diversos grados.
En la actualidad el contaminante principal es el CESIO-137 debido a su largo período (treinta años), mientras que el Yodo-131 con un período de solo ocho días, desapareció en breve.
Fueron también gravísimas las consecuencias psicológicas y sociológicas para la salud humana, para el medio ambiente y para la economía, de tan terrible accidente nuclear.
Hoy no hay tecnología para descontaminar y rehabilitar las tierras y aquí radica uno de los mayores problemas planteados en esta región, tras la catástrofe nuclear. La contaminación irá reduciéndose muy lentamente, esto es un 50% cada 30 años. Toda Europa, por el régimen de vientos, excepto la Península Ibérica se vio afectada moderadamente, siendo los países más afectados Polonia, Bulgaria, Grecia y los Escandinavos.
La deficiente situación de atención médica en aquellas fechas en la URSS, ha impedido la realización de exámenes analíticos y de igual forma la de estudios epidemiológicos comparativos.
El temor a daños fetales en mujeres embarazadas de las regiones europeas expuestas, llevó según estimaciones a la práctica de más de 100.000 interrupciones voluntarias de embarazo (IVE). Los médicos de poblaciones próximas a Chernobil, no han detectado malformaciones imputables al accidente, pero sí patología de tiroides y se empiezan a declarar ahora, casos de cáncer de tiroides en los niños, debido al efecto tardío de las radiaciones y casos de otras neoplasias.
La G.M.S. ha notificado que la casuística de cáncer de TIROIDES en los niños, se ha multiplicado por veinte en BIELORUSIA, como consecuencia de la dramática fuga radioactiva, y el Dr. KREISEL coordinador de la O.M.S. para valorar los efectos de salud de Chernobil, declaró que "estamos convencidos que este incremento es resultado del accidente".
Las leucemias debieron aparecer entre los años 2-5 postaccidente, con un máximo de incidencia entre los años 5-10 postaccidente y si bien no ha sido significativo el dato, parece ir a una alza, pero no a la esperada en su incidencia de morbilidad.
La dificultad radica, en la ausencia de Estadísticas demográficas y de causas de mortalidad en esa Región, por lo que no se podrán conseguir resultados concluyentes.
La vigilancia epidemiológica es pues muy difícil en la Región siniestrada, tanto para sus habitantes como para los llamados "liquidadores" (600.000- 800.000 personas la mayoría militares que intervinieron tras el accidente) y sobre los que no se ha podido efectuar el oportuno seguimiento clínico, dadas las estructuras socioeconómicas y sanitarias de la Región.
Actualmente las autoridades de UCRANIA y Bielorusia han emplazado judicialmente a las de la C.E.I. y a los responsables de la Organización de los Socorros de la antigua URSS, pues no están conformes con los dictámenes emitidos, ni incluso con el de la A.I.E.A. (Agencia Internacional de Energía Atómica) efectuada en colaboración con la O.M.S., O.I.T. y la F.A.O. Algunos puntos han quedado pues sin aclarar.
Dados los riesgos evidentes de las radiaciones no controladas, para la salud humana, se hacen grandes esfuerzos en investigación de tecnología de obtención energética. Deseamos hacer constar que la obtención de energía sin riesgos radioactivos es un hecho interesantísimo y así podemos citar que la obtenida por el viento (energía eólica), ha batido en nuestra Comunidad el récord mundial de producción entre los de su clase. Nos referimos al Parque Eólico de la Sociedad Eólica Andaluza (SEA) que en Tarifa, Cádiz, con 2.600 horas de funcionamiento en su primer año ha generado 75 millones de Kilovatios/ hora.
Con carácter general podemos citar que en la actualidad aproximadamente el 85% del consumo de energía primaria es de origen fósil (petróleo, carbón y gas). La energía de fisión nuclear y la biomasa contribuyen cada vez más y con casi un 6% y el resto es fundamentalmente de origen hidráulico con aportación de otras fuentes renovables.
Dados los riesgos para la salud humana vamos a comentar la legislación reguladora en materia sanitaria sobre radiaciones ionizantes.
Las Disposiciones de interés sanitario en nuestro Estado respecto del riesgo de Radiaciones son las siguientes:
Convenio de París de 29-7-1960, de Responsabilidad Civil en materia de energía nuclear, ratificado por España el 10-0ctubre-1961.
Convenio Complementario de 31-Enero-1963.
Protocolo Adicional de 28 de Enero-1964.
Convenio de 17 de Diciembre 1971 en la esfera del transporte marítimo de sustancias nucleares.
Ley 25/64 de 29 de abril 1964 reguladora de la Energía Nuclear y Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas de 1972. En su Capítulo VI, artículos 36-44 se contienen las Medidas de Seguridad y protección contra las Radiaciones Ionizantes.
Real Decreto 53/92 de 24/1/92 Reglamento de Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes. Adecuación a los requerimientos de la C.E.E.
Decreto 2869/72 Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radioactivas.
Ley 15/1990. Consejo Seguridad Nuclear.
El Ministerio de Sanidad, es encargado del reconocimiento oficial de los Servicios Médicos Especializados para la vigilancia médica de los profesionales expuestos, de acuerdo con la Ley 14 /1986 de 25-Abril, General de Sanidad.