5.1. Las sociedades laborales
Esta es la primera de las dos formas jurídicas de interés social que vamos a estudiar; las sociedades laborales.
Las sociedades laborales son sociedades anónimas o limitadas en las que la mayoría del capital (al menos un 51 %) ha de pertenecer a los socios trabajadores con contrato laboral indefinido y a tiempo completo.
CARACTERÍSTICAS
La mayoría del capital de la empresa pertenece a trabajadores fijos, cuya responsabilidad ante las deudas es limitada. Existen varios tipos de miembros: los socios trabajadores, los no trabajadores (son propietarios pero no tienen relación laboral) y los asalariados (no son socios pero han sido contratados por la sociedad). En total habrá como mínimo tres socios, al menos dos serán trabajadores.
Las sociedades laborales pueden ser limitadas (S. L. L.) o anónimas (S. A. L.). Tendrán preferencia en la transmisión de acciones (caso de la S. A. L.) y participaciones (caso de S. L. L.), los trabajadores de la empresa que no sean socios. Ningún socio podrá poseer acciones que representen más de la tercera parte del capital social.
Estas sociedades gozan de beneficios fiscales y de otras ventajas como ayudas y subvenciones.

Importante
ASPECTOS BÁSICOS DE LAS SOCIEDADES LABORALES |
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N.º DE SOCIOS |
RESPONSABILIDAD
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CAPITAL
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FISCALIDAD
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Mínimo 3 | Limitada al capital aportado |
Mínimo 60.101,21 € S. A. L. (Acciones) Mínimo 3.005,60 € S. L. L. (Participaciones) |
Impuesto de sociedades Ventajas fiscales y subvenciones |
![]() Esquema de elaboración propia |
VENTAJAS
- Pagan menos impuestos que las anónimas o limitadas habituales y tienen más subvenciones públicas.
- Los trabajadores participan en la toma de decisiones de su propia empresa y por ello están más motivados en incentivados.
INCONVENIENTES
- Limitaciones en la entrada de nuevos socios.
- Las propias de las sociedades anónimas y de las limitadas, según el caso.