Resumen

1. La fiscalidad es el conjunto de normas, reglamentos y procedimientos de la hacienda pública sobre tasas, impuestos y contribuciones que rigen en un Estado.

Los ingresos públicos son las cantidades de las que dispone el Estado y demás Administraciones públicas para financiar los gastos públicos. Podemos distinguir:   

A) Cotizaciones sociales cantidades aportadas por los trabajadores afiliados a la Seguridad Social para que en situaciones de necesidad, ellos y sus familias tengan derecho a cobertura: enfermedad, invalidez, jubilación.

B) Tributos son aportaciones dinerarias establecidas por las leyes para proporcionar ingresos a la Hacienda pública y poder hacer frente a los gastos públicos y a la redistribución de la renta.

  • Tasas. Son tributos que se pagan como contrapartida a la prestación de un servicio público. 
  • Contribuciones especiales. Pagos efectuados a un ente público por un particular, pero el beneficio obtenido no será únicamente             para quien realiza el pago, sino para toda la colectividad.
  • Impuestos.  Pagos exigidos por las Administraciones Públicas sin que exista una contraprestación directa para quién hace el pago.

C) Otros ingresos.             

  • Recursos procedentes de otras entidades del Estado y Loterías y apuestas del Estado.
  • Ingresos patrimoniales de los bienes o empresas del Estado.
  • Ingresos derivados de la venta de empresas públicas o bienes inmuebles.
  • Transferencias procedentes de fondos estructurales de la Unión Europea y su

2. Elementos de los impuestos.

      • Hecho imponible. Circunstancias o situaciones que ocurren y dan lugar a la aplicación de la norma tributaria.
      • Base imponible. Cantidad que resulta de cuantificar el hecho imponible.
      • Base liquidable. Cantidad que resulta de aplicar reducciones o bonificaciones a la base imponible.
      • Tipo impositivo. Es el porcentaje que se aplica a la base liquidable.
      • Cuota tributaria. Es la cantidad que resulta de aplicar el tipo impositivo a la base liquidable.
      • Deuda tributaria. Es la cuota tributaria a la que se le suma recargos en caso de que hubiese.
      • Sujeto Pasivo. Es la persona física o jurídica que según la ley queda obligada a cumplir las normas tributarias, puede coincidir o no con el contribuyente.

     3. Clasificación de los impuestos.

    a) Según la base imponible, podemos distinguir entre:

    • Impuestos directos. Aquellos que recaen sobre las personas teniendo en cuenta su capacidad económica así como otras circunstancias personales. “IRPF, IS”.

    • Impuestos indirectos. Aquellos que recaen sobre el consumo o el gasto con independencia económica y otras circunstancias del sujeto pasivo. “IVA, Impuestos Especiales sobre el alcohol, tabaco, etc..”.


    b) Según el tipo impositivo, podemos distinguir entre:

    • Impuestos progresivos. Son aquellos en el que el tipo impositivo aumenta progresivamente al aumentar progresivamente la base imponible. Ejemplo IRPF.

    • Impuestos regresivos. Son aquellos en los que el tipo impositivo disminuye conforme aumenta la renta.

    • Impuesto proporcionales. Son aquellos en los que el tipo impositivo es independiente del importe de la base imponible. Ejemplo IVA.

     4. IRPF.

    El IRPF es un impuesto directo que grava las rentas obtenidas procedentes del trabajo, capital, los bienes inmuebles, las actividades económicas y empresariales (por cuenta propia) y las ganancias o pérdidas patrimoniales.

    Sus características:

    a) Impuesto directo, se paga en función de la renta obtenida. 
    b) Lo han de pagar los empresarios individuales, las sociedades no tributan por este impuesto.

     5. IVA

    El Impuesto sobre el Valor Añadido es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava las siguientes operaciones:

    a) Las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales.

    b) Las adquisiciones intracomunitarias de bienes.

    c) Las importaciones de bienes.

     6. IS.

    El Impuesto de Sociedades es un impuesto personal y directo que grava la obtención de renta por parte de las sociedades y demás entidades jurídicas que residan en territorio español a las que aplica (asociaciones, fundaciones), en contraposición al IRPF que grava las obtenidas por personas físicas.
    Este impuesto se calcula teniendo en cuenta la contabilidad ( cuentas anuales), que constituyen los puntos de partida para la determinación de la base imponible y de la cuantía a pagar anualmente.

     7. Impuestos locales.

    Son impuestos que los recauda el ayuntamiento, a diferencia del resto de los impuestos que los recauda el Estado o las Comunidades Autónomas.

     Impuesto sobre Actividades Económicas.IAE.

     Impuesto sobre Bienes Inmuebles.IBI.

     Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica.IVTM.

     8. Impuestos especiales.

    Los impuestos especiales son tributos indirectos que gravan el consumo de determinados bienes o servicios, como por ejemplo el consumo de tabaco o de gasolina.