5. Impuesto sobre el Valor Añadido

El Impuesto sobre el Valor Añadido es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava las siguientes operaciones:

a) Las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales.

Galería comercial

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Fotografía de Ángel Gómez en Intef. Licencia CC

 

b) Las adquisiciones intracomunitarias de bienes.

c) Las importaciones de bienes.

Importante

Al recaer este impuesto sobre el consumo, quien resulta realmente gravado es el consumidor final por los bienes entregados o servicios prestados.

El IVA es un impuesto que NO es soportado por el empresario o profesional, excepto cuando actúe como consumidor final.

El empresario o profesional actúa como un simple intermediario entre la Hacienda Pública y el consumidor final. 

Noticia sobre el IVA

Captura de pantalla
Publicado en El País el 3 octubre 2018

Esquema sobre el funcionamiento del IVA

Esquema sobre el funcionamiento del IVA
Imagen de elaboración propia

En la declaración trimestral del IVA, se resta al IVA soportado, el IVA repercutido:

  •  Si el IVA SOPORTADO es mayor que IVA REPERCUTIDO Hacienda le ha devolver la diferencia o compensarlo en futuras declaraciones trimestrales.
  •  Si el IVA SOPORTADO es menos que IVA REPERCUTIDO, el empresario deberá pagar la diferencia en la declaración trimestral correspondiente.

Distinguimos 3 tipos impositivos:

  •  Tipo superreducido 4%.Se aplica al pan, leche, medicamentos para humanos, viviendas de protección oficial, libros, et…
  •  Tipo reducido 10%. Alimentos, vivienda, restaurantes.
  •  Tipo general 21%. Se aplica a todas las actividades sujetas al impuesto que no estén sujetas al tipo reducido o superreducido.

Curiosidad

¿Cómo calcular la cuota por IVA?
El cálculo del IVA se obtiene multiplicando la base imponible por el tipo impositivo:

Cómo calcular la cuota por IVA

Donde el precio de venta del producto se calcula:

Cómo calcular la cuota por IVA

Cómo calcular la cuota por IVA
Esquema de elaboración propia

Caso práctico

Compramos un televisor cuyo precio sin IVA es de 1.000€.
Base imponible= 1.000€.
Tipo impositivo= 21%.

¿Cuál sería el precio que pagaríamos?

¿Dónde, cómo y cuándo se han de presentar las declaraciones por este impuesto?


Si del cálculo del impuesto la declaración correspondiente nos sale:

a. A pagar, podemos presentarla en el banco donde la empresa tenga cuenta corriente, para que se cargue el importe en nuestra cuenta.
b. A devolver y vamos a compensar el IVA resultante la declaración se ha de presentar en la Delegación de Hacienda, donde la empresa tenga el domicilio fiscal.

La empresa deberá presentar:

  1. Una declaración anual, en el mes de enero.
  2.  Una declaración por cada trimestre, que se habrá de presentar en los siguientes plazos:
  •  Primer trimestre, del 1 al 10 de abril.
  •  Segundo trimestre, del 1 al 20 de julio.
  •  Tercer trimestre del 1 al 20 de octubre.
  •  Cuarto trimestre del 1 al 30 de enero del año siguiente.