2.2. Comunidades Autónomas

A nivel autonómico nos encontramos con las Consejerías de Deporte, regidas por las respectivas legislaciones autonómicas y, por consiguiente, operan bajo las competencias que dicha legislación les haya otorgado en materia de deporte. Los Estatutos de Autonomía completan la distribución competencial iniciada por la CE, y han recogido el deporte como competencia propia siempre respetando los límites del artículo 149.3 de la CE. Por tanto, las competencias de las Comunidades Autónomas en materia deportiva encuentran su límite en las competencias del Estado, aunque por lo general tienen una función legislativa y de financiación de los organismos que tienen a su cargo, que son las Diputaciones y los Ayuntamientos.

En este nivel, se encuentran los siguientes organismos (Monroy y Sáez, 2010):

  • Las Direcciones Generales de Deportes de las Comunidades Autónomas.
  • Las Secretarías Generales del Deporte, existentes en algunas Comunidades Autónomas.
  • Los Institutos Autonómicos o Regionales del Deporte, que en algunas Comunidades Autónomas proporcionan un funcionamiento más ágil en la ejecución de los programas de desarrollo y fomento del deporte a nivel territorial (por ejemplo, Instituto Andaluz del Deporte).
  • Otros organismos como los Centros de Alto Rendimiento, Centros de Formación de Técnicos, Centros Regionales de Medicina Deportiva, etc.

 

La mayor parte de las Consejerías enfocan sus esfuerzos en el apoyo al deporte municipal a través de la construcción o financiación de instalaciones deportivas, el desarrollo de programas relacionados con el deporte en edad escolar y para la tercera edad, además de programas para deportistas de alto rendimiento, deporte universitario, eventos deportivos, voluntariado y programas de formación.