6.2. Comisión Nacional contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos

Esta Comisión tiene funciones meramente consultivas, es decir, tiene un carácter técnico de estudio e investigación sobre aspectos relacionados con la violencia en el deporte, recogidas en el artículo 60 de la Ley 10/1990: recoger y publicar anualmente los datos sobre la violencia en los espectáculos deportivos, realizar informes y estudios sobre causas y efectos de la violencia en el deporte, elaborar orientaciones y recomendaciones para la organización de espectáculos deportivos ante la posibilidad de actos violentos, o promover medidas para la realización de controles y la prohibición de introducir objetos peligrosos.