6. Los Municipios

Los Municipios

El municipio es una entidad jurídico administrativa que está constituido por un territorio (termino municipal) y la población que lo habita, bien sea de derecho (empadronada en el censo) o de hecho (residente temporal). El municipio, además, posee autonomía para gobernarse y administrar su hacienda pública.

El municipio está regido por un órgano colegiado denominado ayuntamiento o alcaldía, encabezado por una institución unipersonal: el alcalde, junto con los concejales. Ambos, alcalde y concejales, son elegidos democráticamente cada cuatro años. La labor más importante que realizan los ayuntamientos es la administración pública municipal o prestación de bienes y servicios públicos para satisfacer las necesidades de sus ciudadanos, garantizando los derechos de la población y evitando cualquier acto que vaya en contra del bien común general.

El municipio a través de su Ayuntamiento puede contraer derechos y obligaciones, es decir, puede realizar convenios o contratos con otros municipios, así como con empresas y particulares, a efecto de prestar los servicios públicos de su competencia, como son: los servicios de agua potable, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales; alumbrado público; limpia, recolección, tratamiento y disposición final de residuos; mercados de abasto; calles, parques y jardines y su equipamiento; seguridad pública, policía municipal, etc.

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¿Quién rige el municipio?