Programación de Fundamentos del Arte 2

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2º de Bachillerato

Fundamentos del Arte 2

Programación

Fundamentos del Arte II es la segunda parte de una única asignatura: Fundamentos del Arte, que se divide en sendos cursos. Esta división en dos cursos implica que estamos ante una materia con continuidad en 2º de bachillerato, por lo tanto, para aprobar la materia completa, y concretamente, a la que hace referencia esta programación, será necesario haber cursado satisfactoriamente Fundamentos del Arte I. 

ese sentido, debemos tener en cuenta dos elementos normativos claves:

Estamos, además, ante una asignatura troncal general de la especialidad de Artes, tal y como indica Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía y la ya citada Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado.

Por otra parte, no podemos dejar atrás lo referido en la Orden del 21 de julio de 2012 sobre las programaciones: "Las programaciones didácticas son instrumentos específicos de planificación, desarrollo y evaluación de cada ámbito, materia o módulo del currículo establecido por la normativa vigente. Se atendrán a los criterios generales recogidos en el proyecto funcional y tendrán en cuenta las necesidades y características del alumnado. Serán elaboradas por los departamentos de coordinación didáctica, de acuerdo con las directrices de las áreas de competencias, se aprobarán por el Claustro de Profesorado y formarán parte integral del proyecto funcional. Asimismo, se podrán actualizar o modificar, en su caso, tras los procesos de autoevaluación a que se refiere el artículo 9".

La programación didáctica de Fundamentos del Arte II es un instrumento específico de planificación, desarrollo y evaluación de esta materia establecido por la normativa vigente. Se atendrá a los criterios generales recogidos en el proyecto funcional y tendrá en cuenta las necesidades y características del alumnado.  Se podrán actualizar o modificar, en su caso, tras los procesos de autoevaluación.

Importante

Importante

Las referencias legales serán las siguientes:

Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.

Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato.

Decreto 359/2011, de 7 de diciembre, por el que se regulan las modalidades semipresencial y a distancia de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial, de Educación Permanente de Personas Adultas, especializadas de idiomas y deportivas, se crea el Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía y se establece su estructura orgánica y funcional.

Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado.

Orden de 21 de junio de 2012, por la que se regula la organización y el funcionamiento del Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía, el horario del profesorado y la admisión y matriculación del alumnado.

Proyecto Funcional

Orden de 29 de septiembre de 2008, por la que se regulan las enseñanzas de Bachillerato para personas adultas. (Parcialmente derrogada)

Instrucción 6/2016 de 30 de mayo, de la dirección general de ordenación educativa, sobre la ordenación del currículo de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato para personas adultas durante el curso escolar 2016/2017

Garantías procedimentales en la evaluación del alumno