Resumen

En este tema vamos a obtener una visión global de la empresa:

  • Concepto.
  • Sus objetivos.
  • Sus elementos.
  • Sus funciones.
  • Sus Clasificaciones según diversos criterios.

Concepto de empresa: En un principio la empresa ha sido considerada una simple unidad de producción.
Hoy día podemos decir que la empresa es un conjunto de factores de producción organizados y coordinados por la dirección para conseguir unos objetivos.

Objetivos de la empresa: Son los resultados que se desean alcanzar. Pueden ser:
• Cuantitativos, son los objetivos cuantificables (la maximización de beneficios, la minimización de costes, el aumento de la cuota de mercado....)
• Cualitativos, son objetivos difícilmente cuantificables (la imagen de la empresa, la satisfacción de los clientes o de los trabajadores, el respeto del medio ambiente...).


Los elementos de la empresa: Recursos humanos,  elementos materiales, elementos inmateriales, Know how y el capital financiero.

Funciones de la empresa:

Funciones
Esquema de elaboración propia.

Clasificación de la empresas según varios criterios.

Según el tamaño:
Siguiendo los valores indicados por la Unión Europea, distinguimos los siguientes tipos de empresas:

Tamaño
Esquema de elaboración propia.

Según su ámbito de actuación:

  • Empresas locales.
  • Empresas regionales.
  • Empresas nacionales.
  • Empresas multinacionales


Según la propiedad del capital:

  • Empresas Públicas: La propiedad y el control pertenecen a una o varias administraciones públicas (Estado, comunidades autónomas o ayuntamientos).
  • Empresas privadas: La propiedad y el control pertenecen a particulares  bien sean personas físicas o bien otras empresas privadas.
  • Empresas mixtas: La propiedad y el control pertenecen en parte a particulares  y en parte a alguna administración pública.

Según su actividad:

  • Primario: se dedican a extraer y aprovechar los recursos naturales. La actividad de estas empresas está dedicada a la agricultura, ganadería, caza, pesca, explotaciones forestales y minería.
  • Secundario: se dedican a la transformación de unos bienes en otros más útiles para  su uso. En este sector nos encontramos a las constructoras y a todo tipo de industria.
  • Terciario: también llamado sector servicios. No producen bienes materiales sino que ofrecen servicios.

Según su forma jurídica las empresas las podemos clasificar en:

  • Empresario individual:

Responsabilidad ilimitada.
Menores obligaciones contables.
Los beneficios tributan por el IRPF.
La empresa no tiene personalidad propia.
Sencillez en los trámites iniciales y en la gestión.
No requiere capital mínimo legal.

  • Sociedades limitadas:

Capital Social dividido en participaciones.
El beneficio tributa por el Impuesto de Sociedades.
El Capital Social mínimo es de 3.000 €.
Los socios no pueden vender libremente las participaciones.
La responsabilidad de los socios es limitada al capital aportado.
Los beneficios se reparten entre los socios en proporción al capital aportado.
Se puede constituir una S.L. con un solo socio, son las llamadas Sociedades Limitadas Unipersonales (S.L.U.).

  • Sociedades anónimas:

Capital Social dividido en acciones.
El beneficio tributa por el Impuesto de Sociedades.
El Capital Social mínimo es de 60.000 €.
Los socios pueden vender libremente las acciones.
La responsabilidad de los socios es limitada al capital aportado.
El beneficio de la sociedad tributa por el Impuesto de Sociedades.
Los beneficios se reparten entre los socios en proporción al capital aportado.
Se puede constituir una S.A. con un solo socio, son las llamadas Sociedades Anónimas Unipersonales (S.A.U.).
Las grandes pueden cotizar en bolsa.

  • Sociedades laborales:

Pueden ser Sociedades Anónimas (S.A.L.) o Sociedades Limitadas (S.L.L.)
La mayoría del capital social pertenece a los trabajadores (con contrato fijo y a jornada completa).
Mantienen las características de las S.A. o S.L.
Tienen ventajas fiscales y más subvenciones.

  • Sociedades cooperativas:

La finalidad es la defensa y satisfacción de los intereses de sus miembros.
Los excedentes se reinvierten en la cooperativa y en formación de los cooperativistas. Un pequeño sobrante se puede distirbuir, siempre en función al trabajo realizado, no en función al capital aportado.
Gestión democrática: Un socio = Un voto.
Principio de puertas abiertas.
Cada comunidad autónoma tiene su propia regulación.
Mínimo 3 socios y 3.005 € de capital inicial.
Numerosas ventajas fiscales y subvenciones.

  • Comunidades de bienes:

Un bien o conjunto de bienes pertenecen a varias personas y deciden explotarlo para obtener un beneficio.
No tiene personalidad propia.
Responsabilidad ilimitada de los comuneros.
El beneficio tributa por el IRPF.
Se suele utilizar en pequeños negocios familiares.

Formas jurídicas
Esquema de elaboración propia.