3.4 Las sociedades laborales

 

  Socios
  Fotografía en Flickr de Alan Cleaver bajo CC

Los dos tipos de formas jurídicas que aún nos quedan por ver pertenecen a lo que se conoce como empresas de economía social o de interés social. Son las sociedades laborales y las cooperativas.

Con este tipo de empresas el estado intenta incentivar un tipo de empresas en la que los trabajadores sean dueños del capital y responsables de las mismas.

Se trata de empresas que surgen para favorecer el empleo y la participación de los trabajadores y en muchas ocasiones para salvar empresas en crisis, haciendo que sean los trabajadores los que se hagan cargo de la misma.

Con este fin el estado hace que este tipo de empresas gocen de cierta protección oficial y de determinadas ventajas, sobre todo en el pago de impuestos y en la obtención de subvenciones.

 

LAS SOCIEDADES LABORALES.

Caracterísicas.-

Son Sociedades Anónimas o Sociedades Limitadas en las que la mayoría del capital social pertenece a los trabajadores de la empresa con contrato indefinido y a tiempo completo.

En su denominación deberá figurar la indicación "Sociedad Anónima Laboral" o "Sociedad Limitada Laboral" o sus abreviaturas "S.A.L" o "S.L.L."

Mantienen por tanto las características propias de las sociedades anónimas o sociedades limitadas, según el caso, pero con una serie de particularidades y sobre todo ventajas oficiales.

 

 

Importante

Las Sociedades Laborales mantienen las características principales de las Sociedades Anónimas y Sociedades Limitadas:

- Responsabilidad limitada de los socios.

- Los beneficios tributan por el Impuesto de Sociedades.

- Deben constituirse ante notario e inscribirse en el registro mercantil.

- El capital social mínimo será de 3.000 € en el caso de las S.L.L. y de 60.000 en las S.A.L.

Particularidades:

 


 
En FAENSAL puedes obtener información útil sobre las Sociedades Laborales.
 

1.- La principal ya la hemos indicado: Al menos el 51% del capital social pertenece a trabajadores de la sociedad que tengan contrato indefinido y trabajen a tiempo completo.

2.- Las acciones y participaciones de las sociedades laborales se dividen en:

  • Clase laboral: las que son propiedad de los trabajadores cuya relación laboral es por tiempo indefinido y a tiempo completo.
  • Clase general: las restantes.

3.- La transmisión de acciones o participaciones de la clase laboral está limitada y sujeta a un minucioso sistema de adquisición preferente que pretende que el mayor número posible de trabajadores de la empresa sean socios de la misma.

4.- Ningún socio podrá poseer acciones que representen más de la tercera parte del capital social.

5.- Estas sociedades gozan de beneficios fiscales (pagan menos impuestos) y de otras ventajas como por ejemplo más subvenciones para la realización de inversiones (compras de maquinaria, vehículos, etc...).

 

AV - Reflexión

Caso práctico.-

La empresa "Piedras de Macael S.A.L." está compuesta por 3 socios, los 3 son trabajadores de la misma con contrato indefinido y a tiempo completo y los tres tienen la misma aportación al capital social. Uno de los socios quiere salirse de la empresa y vender sus participaciones a cualquiera de los dos socios restantes.

¿Puede hacerse?

Importante

Ventajas:

  1. Ventajas fiscales: pagan menos impuestos que las Anónimas o Limitadas "normales".
  2. Posibilidad de obtener más subvenciones públicas.
  3. Los trabajadores participan en la toma de decisiones de su propia empresa.

AV - Reflexión

Un socio trabajador de la sociedad "Maderas de Lucena S.A.L" es propietario de 200 participaciones de la "clase laboral" y quiere venderle la mitad a un amigo suyo que quiere invertir en ella pero que no es trabajador de la misma.

¿Puede hacerlo?

Curiosidad

Importancia de las sociedades laborales por número de trabajadores y por comunidad autónoma.