1.4) Sociedad Laboral
Sociedades anónimas o sociedades de responsabilidad limitada en las que la mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores que prestan en ellas servicios retribuidos en forma personal y directa, y cuya relación laboral es por tiempo indefinido.
Características
- Número de socios: mínimo tres.
- Capital: mínimo 60.000 € (SAL); mínimo 3.000 € (SLL)
- Responsabilidad: Limitada al capital aportado.
- Fiscalidad directa: Impuesto de Sociedades.
- En la denominación figura la indicación "Sociedad anónima laboral" o "Sociedad de responsabilidad limitada laboral" o sus abreviaturas "SAL" o "SLL".
- Ningún socio puede poseer acciones que representen más de la tercera parte del capital social, salvo que se trate de sociedades laborales participadas por el Estado, Comunidades Autónomas o Entidades locales.
- Las sociedades laborales están obligadas a constituir un Fondo Especial de Reserva, dotado con el 10 por 100 del beneficio líquido de cada ejercicio. Este Fondo sólo podrá destinarse a la compensación de pérdidas en el caso de que no existan otras reservas suficientes para este fin.
Actividad
Analiza ventajas e inconvenientes de la Sociedad Laboral.