3.3. Licencias de software libre
Entre las diferentes licencias de software libre podemos destacar las siguientes:
- Licencias GPL: (GPL es un acrónimo del inglés: General Public Licence) es una de la más utilizadas y se suele denominar como GNU/GPL.
Con esta licencia el desarrollador conserva los derechos de autor, pero permite su libre distribución, modificación y uso siempre y cuando, en el caso de que el software se modifique, el nuevo software que se desarrolle como resultado quede obligatoriamente con la misma licencia. Incluso si el software con licencia GPL solo fuera una parte de otro programa, este programa también tendría que mantener la licencia.
Está considerada la primera licencia copyleft y, bajo esta filosofía, cualquier código fuente licenciado bajo GPL, debe estar disponible y accesible, para copias ilimitadas y a cualquier persona que lo solicite. De cara al usuario final, el software licenciado bajo GPL es totalmente gratuito, pudiendo pagar únicamente por gastos de copiado y distribución.
Un ejemplo de software con esta licencia es el navegador de Internet Mozilla Firefox
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Navegador Mozilla Firefox Imagen bajo Dominio Público |
- Licencia BSD: es un ejemplo de una licencia permisiva que casi no impone condiciones sobre lo que un usuario puede hacer con el software. El software puede ser vendido y no hay obligaciones de incluir el código fuente. Además, permite que otras versiones puedan tener otros tipos de licencias, tanto libres como propietarias. Un ejemplo es el navegador Chromium (no confundir con su hermano Google Chrome)
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Navegador Chromium Imagen bajo Dominio Público |
- Licencia Apache: no exige que las obras derivadas (las versiones modificadas) se distribuyan usando la misma licencia, ni siquiera que se tengan que distribuir como software libre, solo exige que se informe a los receptores que en la distribución se ha usado código con la licencia Apache. Un ejemplo: el paquete de ofimática Apache OpenOffice.org
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Paquete de ofimática OpenOffice Imagen bajo Dominio Público |
- Licencias Creative Commons: su definición se basa en cuatro condiciones:
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Atribución | se puede distribuir, exhibir, representar… siempre y cuando se reconozca y se cite a su autor |
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No comercial | no permite usar el software con fines comerciales |
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No derivadas | no se puede modificar dicha obra |
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Compartir igual | incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la licencia original. |
Existen seis licencias de Creative Commons:
Todas exigen la condición de Atribución. La condición de Compartir Igual y la de No Derivadas son incompatibles entre sí, y es posible no incluir ni una ni otra. Igualmente la condición de No Comercial es opcional.
Importante
Las distintas licencias de software libre especifican las condiciones en las que se puede modificar y distribuir dicho software. Destacan las licencias GPL, BSD, Apache y Creative Commons.
Comprueba lo aprendido
Retroalimentación
Falso
La licencia GPL exige que el software derivado quede obligatoriamente con la misma licencia que el original.
Retroalimentación
Verdadero
Es cierto, porque el navegador Chromium está bajo una licencia BSD.
Retroalimentación
Falso
El icono sólo significa que no se permite usar con fines comerciales.
Retroalimentación
Falso
Es el icono de compartir igual. Permite la creación de obras derivadas siempre que mantengan la licencia original.