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La música y la danza son una parte fundamental de nuestras fiestas. Imagen de José García Ramos. Dominio público. |
El patrimonio musical, tanto de España como de Andalucía, tiene una enorme riqueza. Los bienes que lo constituyen son muy abundantes y variados. Sin embargo, como ya hemos dicho, el musical es un campo por el que tradicionalmente los encargados de de velar por nuestro patrimonio no se han preocupado mucho. De este modo, ni siquiera existe una definición oficial de lo que es el patrimonio musical, ni está regulado qué tipo de bienes lo conformarían. Una muestra de esto es que el concepto no aparezca en el famoso diccionario de Música Española de Emilio Casares. Evidentemente, tampoco está en el Diccionario de la Lengua Española de la RAE.
Esta indefinición contrasta con el cada vez mayor uso que se viene haciendo del término últimamente. Nosotros, por intentar avanzar algo en este sentido tomaremos la afirmación que indica que el patrimonio musical es el compuesto por los bienes y composiciones musicales, tanto materiales como inmateriales, que han sido producido por una sociedad a lo largo de la historia y que contribuyen a identificar su cultura.
Hablaríamos por tanto de dos tipos de bienes:
- Bienes materiales. Serían los instrumentos musicales, las partituras, los libros sobre música, las grabaciones musicales (discos de pizarra, rollos de pianola, vinilos, cassettes, cds, vhs, dvd´s...), los distintos tipos de reproductores de audio, los carteles, los programas de conciertos y, en general, todos los documentos que tengan que ver con la música. También podríamos incluir los recintos en los que la música es interpretada o enseñada, tales como academias, conservatorios, teatros o salas de conciertos.
- Bienes inmateriales. Son los que formarían parte del Patrimonio Cultural Inmaterial. La música es fundamentalmente inmaterial porque tiene una esencia intangible, es percibida por el oído, y aunque se puede transcribir, la música es lo que suena y se oye, lo que se percibe. De esta manera, en las últimas décadas la mayoría de referencias al patrimonio musical se incluyen dentro del patrimonio intangible.
La propia UNESCO al definir el Patrimonio Cultural Inmaterial, considera que está formado por «los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas −junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes− que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural». Dentro de este complejo concepto, el organismo habla de una serie de campos, de los que los tres primeros están relacionados con la actividad musical:
- tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehículo del patrimonio Cultural inmaterial. Aquí cabría la música como forma de transmitir mensajes, emociones, intenciones y valores.
- artes del espectáculo. Aquí se incluiría la música tradicional, óperas, bailes, danzas, rituales, ceremonias, etc.
- usos sociales, rituales y actos festivos. Es evidente que la música juega un papel primordial en el desarrollo de estas expresiones.
- conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo.
- técnicas artesanales tradicionales.
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Músico nigeriano tocando el arco musical. Imagen de Libertad y saber en Wikimedia Commons. Dominio público. |
Música tradicional japonesa. Imagen en Wikimedia Commons. Dominio público. |