Resumen
![]() |
Hotel Pez Espada. Imagen en la web del IAPH. |
Un Bien de Interés Cultural (BIC) es una denominación jurídica, una figura que usan las instituciones para poder inventariar el patrimonio que desean proteger. Cuando estas instituciones consideran que algún elemento de su patrimonio debe ser protegido, conservado o restaurado, este elemento pasa a ser catalogado como Bien Protegido. Los BIC son los bienes protegidos que gozan de un mayor nivel de protección.
En España, el Bien de Interés Cultural viene regulado por la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español. No obstante, son las comunidades autónomas quienes paulatinamente han ido asumiendo la competencias sobre todo lo relativo al patrimonio, estableciendo para ello sus propias leyes, normativa y actuaciones, aunque siempre bajo la supervisión del Estado. En Andalucía, es la Ley 14/2007 del Patrimonio Histórico de Andalucíala encargada de regular todo lo relativo al Patrimonio en nuestra comunidad.
¿Qué proceso tiene que seguir un bien para ser considerado de interés cultural?. La inscripción debe ser solicitada de oficio por el organismo encargado de velar por el patrimonio histórico de cada comunidad, aunque cualquier particular puede dirigirse a este organismo y solicitar el inicio del trámite. Una vez incoado el expediente, el bien pasa provisionalmente a estar catalogado y protegido a la espera de que se produzca la resolución. La solicitud debe ir acompañada de una descripción exhaustiva del bien en cuestión y de una serie de documentos y testimonios que justifiquen los valores históricos, artísticos, urbanísticos, paisajísticos o de identidad que pueda tener el bien. El organismo competente dispone de 18 meses desde para resolver el expediente.
![]() |
Torre de Hércules, A Coruña Imagen de Damato en Wikipedia. Lic. CC |
La Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico, es la responsable del mantenimiento y actualización del Registro General de Bienes de Interés Cultural y del Inventario General de Bienes Muebles, que es el lugar donde están recogidos todos los bienes pertenecientes al Patrimonio Histórico Español
Estos bienes se gestionan en dos bases de datos:
- Catálogo de Bienes Muebles. Son los que se pueden transportar de un punto a otro sin que la cosa inmueble a la que estén unidos se vea afectada.
- Catálogo de Bienes inmuebles. Son los que tienen un emplazamiento fijo, es decir monumentos, jardines históricos, conjuntos históricos, sitios históricos y conjuntos arqueológicos.
La LPHE en su régimen general establece 3 categorías a la hora de otorgar niveles de protección a los bienes patrimoniales:
- Patrimonio Histórico Español. Este sería el grado mínimo de protección.
- Inventario General de Bienes Muebles. Están en un nivel superior de protección
- Bienes de Interés Cultural. El grado máximo de protección.
- Además de esto, la ley recoge una serie de normas de protección específicas para determinados tipos de patrimonio, como son el patrimonio arqueológico, el patrimonio etnográfico, los bienes muebles eclesiásticos o el patrimonio documental y bibliográfico.
![]() |
Los Millares, en la provincia de Almería. Imagen en la web del IAPH. |
El Patrimonio Histórico Andaluz se compone de todos los bienes de la cultura, materiales e inmateriales, que se encuentren en Andalucía y revelen un interés artístico, histórico, arqueológico, etnológico, documental, bibliográfico, científico o industrial para la Comunidad Autónoma. La Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía establece para la protección de este patrimonio la creación del Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz . Los objetivos fundamentales de este Catálogo son facilitar la tutela jurídico-administrativa del Patrimonio Histórico Andaluz y contribuir al conocimiento y divulgación de los bienes en él inscritos. Estos bienes pueden pertenecer a las siguientes categorías:
- Bienes Inmuebles: Monumentos históricos, jardines históricos, conjuntos históricos, sitios históricos, zonas arqueológicas, lugares de interés etnológico, lugares de interés industrial y zonas patrimoniales.
- Bienes Muebles.
- Actividades de Interés Etnológico.
![]() |
Capilla del Salvador de Úbeda. |
Son Bien Mundial aquellos lugares que tienen un valor excepcional para la humanidad y que, como tales, han sido inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO con el propósito de garantizar su protección y conservación. Estos bienes pueden inscribirse con tres categorías diferentes: bienes culturales, bienes naturales o bienes mixtos. Los Bienes Culturales Inmateriales de la Humanidad, en cambio, quedan registrados en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, en el Registro de las mejores prácticas de salvaguardia o en la Lista del Patrimonio Cultural Inmaterial que requiere medidas urgentes de salvaguardia.
Estos son los bienes andaluces que aparecen en Lista del Patrimonio Mundial:
- 1984. Centro Histórico de Córdoba.
- 1984. Alhambra, Generalife y Albaicín de Granada.
- 1987. Catedral, Alcázar y Archivo de Indias de Sevilla. .
- 1994. Parque Nacional de Doñana.
- 1998. Arte Rupestre del Arco Mediterráneo de la Península Ibérica.
- 2003. Conjuntos Monumentales Renacentistas de Úbeda y Baeza.
- 2016. Sitio de los Dólmenes de Antequera.
En cuanto al Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, son tres los bienes andaluces que como tal están considerados
- 2010. El flamenco.
- 2011. Revitalización del saber tradicional de la cal artesanal en Morón de la Frontera. .
- 2012. Fiesta de las Patios de Córdoba