1.1. La organización territorial de Hispania.

Aunque el término Hispania abarcaba toda la Península Ibérica, a lo largo del tiempo el territorio se fue dividiendo en diferentes provincias para su mejor control y gestión. Esta división provincial fue adaptándose a medida que Roma iba imponiendo su dominio a un territorio cada vez más extenso. En la siguiente presentación podemos ver con detalle las distintas divisiones administrativas de Hispania que se sucedieron en el tiempo.
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Presentación en PDF

Pregunta Verdadero-Falso

A partir de la información que has visto en la presentación, señala si las siguientes afirmaciones son verdaderas o falsas.

Tras la reorganización llevada a cabo por el emperador Augusto en el año 27 a.c., Hispania quedó dividida en tres provincias: la Tarraconensis y la Lusitania, bajo el mando directo del emperador, y la Bética, gestionada por el Senado.
Verdadero Falso
Tras la primera división provincial de Hispania en el 197 a.c. el emperador nombraba a los legados que dirigían la administración en cada provincia.
Verdadero Falso



Provincias y conventus de la Hispania Romana
6. Conventus jurídicos en la Hispania Romana. Fuente Wikipedia
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Podríamos decir que las ciudades fueron la base de la organización territorial de la Hispania Romana. Desde las respectivas capitales, convertidas en grandes urbes, se administraban lan provincias y en ellas residían las principales autoridades civiles y militares.

 

Cada provincia, a su vez, se dividía a partir del siglo I en conventus, unidades territoriales menores que servían para organizar la administración judicial, el reclutamiento militar y el cobro de impuestos.

 

Como último eslabón de la administración romana funcionarían las civitates, es decir, ciudades que organizaban el territorio de su entorno, y que coincidieron en gran parte con antiguos núcleos de población prerromana. La condición jurídica de estas ciudades podía variar. Las de origen indígena gozaban de cierta autonomía, pero no del estatus de ciudadanía romana, que sólo era concedido a algunas ciudades a las que se daba el rango de municipium. Las ciudades fundadas para instalar colonos romanos (colonias), tenían también plenos derechos de ciudadanía romana.

Municipios y colonias, por tanto, se gobernaban con las mismas instituciones y derecho que la propia Roma. En cualquier caso, con el tiempo cada vez más ciudades fueron consiguiendo la plena ciudadanía romana, que se extendió a todos los territorios del Imperio, y por tanto de Hispania, en el año 212, bajo el mandato del emperador Caracalla.

Objetivos

La organización administrativa de Hispania en imágenes.

 

En el siguiente enlace encontrarás un vídeo que resume en pocos minutos la evolución de la organización administrativa de la Hispania romana.




En cuanto al gobierno de las ciudades hispanas, los municipios y colonias contaban, como hemos mencionado, con una organización similar a la de la propia Roma. Existía un Senado, también llamado Consejo de los decuriones, que tenía competencias administrativas, judiciales, religiosas y militares.
 
Sus miembros pertenecían a la clase dirigente de la ciudad y debían ser ciudadanos romanos. Anualmente entre sus miembros se elegían dos personas (duoviri) que tenían a su cargo el gobierno de la ciudad, y presidían las reuniones del Senado. En su labor los duoviri eran auxiliados por otros magistrados inferiores (ediles).

Objetivos

En el siguiente enlace encontrarás con algo más de detalle la evolución de la división administrativa de la Hispania romana a lo largo del tiempo.

División administrativa de la Hispania romana

Reflexión

Lee el siguiente texto y contesta las preguntas que se plantean a continuación.

La administración romana se ejerce desde las ciudades. Un testimonio del siglo I d.c.

... se presentó un hombre a pedirnos dinero, como si nosotros tuviésemos algo, dando órdenes de seguirlo hasta la capital. Pero nosotros no teníamos dinero, además le juré que no poseíamos nada... Yo le seguí hasta la ciudad, pues manifestaba que era necesario que uno de nosotros fuera con él y diera explicaciones sobre el particular.

Vi, pues, como la primera vez, numerosos y espléndidos edificios y, en la parte exterior, una sólida muralla, y elevadas construcciones de forma cuadrada adosadas a ella, así como una gran cantidad de barcos atracados en el puerto... Entonces mi guía me conduce frente a unos magistrados y les dice riéndose: «He aquí al hombre contra el que vosotros me habéis enviado, pero realmente no tiene nada, a no ser su melena y un chozo de troncos muy resistentes»...

Algunos se subían a la tribuna, otros se levantaban de su sitio y se dirigían a la multitud, unos con pocas palabras, otros con largos discursos. A unos los escuchaban largo tiempo, pero a otros, al contrario, malhumorándose con ellos en cuanto comenzaban a perorar, no les permitían siquiera emitir la menor palabra.

... Un individuo tomó entonces la palabra: «He aquí, ciudadanos, a uno de esos hombres que explotan nuestra propiedad pública desde hace muchos años... Y aprovechan con sus ganados nuestras montañas para pasto, las ponen en cultivo, cazan y construyen numerosas viviendas, plantan viñas y gozan de innumerables ventajas, sin haber dado jamás a nadie el precio de sus tierras y sin haber recibido jamás esas tierras como un regalo del Estado».

Dión de Prusa, Discurso VII, 21-27 (fragmentos). Edición de Gaspar Morocho, en Dión de Prusa, Discursos I-XI, Madrid, Gredos, 1988, 351-353.

 

¿Qué tipo de persona es el protagonista que narra los hechos y es conducido a la ciudad?

Reflexión
¿A qué podría dedicarse la persona que reclama dinero al protagonista y lo conduce ante los magistrados de la ciudad?