1.3. Homologación de las instalaciones deportivas y sistemas de gestión de instalaciones
La homologación de instalaciones deportivas viene recogida en la NIDE, elaborada por el Consejo Superior de Deportes. En la NIDE se definen las condiciones reglamentarias que deben tener las instalaciones deportivas, así como los aspectos relativos a la planificación y diseño que se deben tener en cuenta en la construcción de un equipamiento deportivo. A su vez las normas están compuestas por normas reglamentarias y normas del proyecto.
1.3.1. Normas reglamentarias
Tratan de normalizar diferentes aspectos, como orientación solar, iluminación, tipos de superficies, etc. Para el desarrollo de estas normas se ha contado con las federaciones deportivas europeas y españolas (UNE-EN). Normativa Básica:
Tabla I. Normativa básica.
Normas UNE-EN superficies y equipamientos deportivos |
Normas UNE-EN de Iluminación de las instalaciones deportivas |
Normas UNE-EN Instalaciones para espectadores en espacios deportivos |
Normas UNE Accesibilidad |
1.3.2. Normas de proyecto
Sirven de referencia para todo el proyecto de construcción de la instalación, facilitan las condiciones útiles para la realización de la planificación de las instalaciones deportivas y para definir las condiciones de diseño de las instalaciones deportivas.
Tabla II. Organización de las normas NIDE según su agrupación.
NIDE 1 Campos pequeños |
NIDE 2 Campos grandes y Atletismo |
NIDE 3 Piscinas |
NIDE 4 Deportes de hielo |
Además, la Junta de Andalucía también regula en su Decreto 183/2006, de 17 de octubre, la acreditación de centros deportivos, estableciendo tres tipologías atendiendo a los criterios necesarios que deben cumplir (centros deportivos básicos, centros deportivos superiores y centros deportivos excelentes).
Los sistemas de gestión para instalaciones deportivas vienen determinados por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local y la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos de servicios públicos. Tipos de gestión:
- Gestión directa: la prestación del servicio es realizada por la propia Administración, a través de un organismo municipal especializado (Patronato de deportes) o del propio Ayuntamiento. Modalidades de gestión directa:
- Por el propio Ayuntamiento sin órgano especializado.
- Por el propio Ayuntamiento con órgano especializado.
- Por organismo autónomo.
- Por empresas municipales: sociedad mercantil con capital íntegro del Ayuntamiento.
- Gestión indirecta: la prestación del servicio se realiza a través de un operador especializado, el cual no pertenece a la Administración (empresa de servicios deportivos). En ambos casos la titularidad del servicio es pública, pero la prestación del servicio no es la misma. Podemos encontrar las siguientes modalidades:
- Concesión.
- Concierto.
- Arrendamiento.
- Gestión interesada.
- Sociedad mercantil.