3.2. Suplemento y complemento circunstancial
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Se conoce como complemento de régimen o suplemento a la función sintáctica desempeñada por un sintagma preposicional cuya preposición es reclamada por el núcleo del predicado. ¿Cómo reconocerlo?
¿Qué unidades pueden funcionar como CRég?
¿Qué verbos rigen preposición?
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El complemento circunstancial es aquella palabra o conjunto de palabras que, dentro del predicado, expresa alguna circunstancia en la que se desarrolla la acción del verbo. ¿Cómo reconocerlo?
¿Qué unidades pueden funcionar como CC?
Tipos de complementos circunstanciales:
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Importante
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El complemento de régimen se diferencia del circunstancial en que el núcleo del predicado con el que aparece este último no lleva preposición de forma obligatoria. Veamos los siguientes ejemplos:
- "Vivo cerca de Madrid". El verbo "vivir" no exige la preposición "cerca", por lo tanto, es un CC de lugar.
- "No he hablado de ese asunto". El verbo "hablar" rige la preposición "de" (siempre se habla "de algo"), por esta razón se trata de un complemento de régimen.

Caso de estudio
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Reconoce en las siguientes oraciones los complementos circunstanciales y los complementos de régimen que aparezcan: 1. No me llames antes de las ocho. 2. Ya no confío en tu palabra. 3. Me gusta que hables así. 4. ¿Te has acordado de los apuntes? 5. Pablo se dedica al diseño gráfico para ganarse la vida. |
